¿Qué debes saber sobre la okupación de viviendas?
La okupación es un tema que preocupa muchos propietarios de viviendas, tanto si es vivienda habitual como segunda residencia. Para combatir este problema, es necesario conocer cómo evitar una okupación, así como la manera de actuar en el caso de encontrarnos en esta situación, ya que las primeras horas son muy importantes.
¿Qué se considera una okupación?
La okupación se define coloquialmente el acto por el cual una persona se instala a vivir en una vivienda que no es de su propiedad. Para saber qué acciones se deben emprender para desalojar a los okupas, es necesario saber si se trata de usurpación de vivienda o de allanamiento de morada.
Usurpación de vivienda, es decir okupación de una vivienda deshabitada, segunda residencia.
Las segundas residencias suelen ser las que más se okupan, ya que normalmente están vacías por periodos largos de tiempo y, en muchas ocasiones, no tienen ningún sistema de alarma instalado.
Lo aconsejable es que, siempre que sea posible, se haga una denuncia antes de las 48 horas. El método más eficaz para estar siempre informado de lo que ocurre en tu vivienda, es tener un sistema de alarma que notifique de cualquier incidencia.
En el caso de las segundas residencias, para desalojar a los okupas se debe recurrir a la vía civíl. Se tendrá que recurrir a un juicio y puede demorarse mucho en el tiempo.
Allanamiento de morada, es decir okupación de la vivienda habitual.
En lo que respecta a la okupación de tu vivienda habitual, lo primero que se debe hacer es llamar, entre las 24 y 48h siguientes al acto, a la Policía para poner una denuncia.
Al ser vivienda habitual, se considera un acto delictivo incluido en el Código Penal español. Esto significa que las autoridades pueden acceder al inmueble sin un requerimiento judicial. Además, los okupas pueden ser condenados a penas de cárcel.
¿Qué NO debes hacer para echar a los okupas?
A la hora de decidir qué hacer para desalojar tu vivienda de okupas, debes tener cuidado ya que puedes salir perdiendo.
Algunas de las cosas que NO debes hacer son:
- Cambiar la cerradura pasadas las 48h de la okupación. En este caso, la acción puede ser denunciada por los okupas.
- No llamar a la policía. Si contactas con las autoridades antes de las 48h, podrán desalojar la vivienda sin necesidad de orden judicial.
- Cortar los suminsitros. Es considerado por la ley como un acto de coacción para desalojar a los okupas y es denunciable ante el Código Penal.
Puedes proteger tu vivienda instalando puertas antiokupa, sistemas de alarma con alimentación autónoma para viviendas vacías, cerraduras antiokupa, etc. Si quieres más información sobre cómo proteger tu vivienda contra okupas, contacta con nosotros.